Por Handel Law Group · 5 de octubre de 2026

Si una acera rota de la ciudad, una calle peligrosa o un choque con un vehículo del gobierno le causó lesiones en San Diego, hay un plazo que debe conocer. Los reclamos contra ciudades, condados, el Estado de California y otras agencias públicas siguen reglas distintas a las de los reclamos contra personas o empresas privadas. La mayor diferencia es el tiempo. En la mayoría de los casos de lesiones, usted tiene solo seis meses para dar el primer paso.
Puntos clave
- Antes de poder demandar a una entidad pública en California por una lesión, por lo general primero debe presentar un reclamo por escrito ante el gobierno.
- En casos de lesiones personales y muerte por negligencia, ese reclamo normalmente debe presentarse dentro de los seis meses siguientes a la lesión o la muerte.
- La agencia por lo general tiene 45 días para responder. Si rechaza el reclamo por escrito, usted normalmente tiene seis meses a partir de ese aviso para presentar una demanda.
- No cumplir con estos plazos puede terminar un caso antes de que comience.
¿Qué se considera una "entidad pública"?
Una entidad pública es cualquier organismo del gobierno. En San Diego, eso puede incluir:
- La Ciudad de San Diego y otras ciudades del condado
- El Condado de San Diego
- El Estado de California, incluido Caltrans, que da mantenimiento a las carreteras y autopistas estatales
- Los distritos escolares públicos
- Las agencias de transporte público
Entre las lesiones comunes que involucran a una entidad pública están un tropiezo y caída en una acera pública levantada o rota, un choque causado por una señal de alto faltante o una calle en mal estado, una colisión con un vehículo de la ciudad o del condado, o una lesión en propiedad pública, como un parque o un edificio del gobierno.
El plazo de seis meses para el reclamo ante el gobierno
Conforme a la Ley de Reclamos contra el Gobierno (Government Claims Act), por lo general usted no puede presentar una demanda contra una entidad pública sin antes presentar un reclamo por escrito ante esa entidad. La sección 911.2 del Código de Gobierno de California exige que los reclamos por muerte o lesiones personales se presenten a más tardar seis meses después de que surja la causa de acción. En la mayoría de los casos, eso significa seis meses desde la fecha de la lesión.
Este plazo es mucho más corto que el plazo de dos años que se aplica a la mayoría de los casos de lesiones personales contra partes privadas.
El reclamo debe incluir cierta información, como la fecha y el lugar del incidente, una descripción de lo que ocurrió y las lesiones o pérdidas reclamadas. Cada agencia tiene su propio proceso:
- Ciudad de San Diego: los reclamos se presentan ante el Departamento de Administración de Riesgos de la ciudad. La ciudad acepta reclamos a través de su portal en línea de reclamos de responsabilidad pública, o por correo o en persona con su formulario de reclamo (Form RM-9).
- Estado de California, incluido Caltrans: los reclamos se presentan ante el Programa de Reclamos contra el Gobierno del Departamento de Servicios Generales. El estado por lo general exige una tarifa de presentación de $25, o una solicitud de exención de la tarifa.
- Otras agencias: los condados, los distritos escolares y las agencias de transporte tienen cada uno sus propios formularios y direcciones.
Presentar el reclamo ante la agencia equivocada puede causar problemas, e identificar la correcta no siempre es sencillo. Un mismo tramo de calle o de acera puede involucrar a la ciudad, al condado, al estado o al dueño de una propiedad privada.
¿Qué pasa después de presentar el reclamo?
Conforme a la sección 912.4 del Código de Gobierno, la agencia por lo general tiene 45 días para actuar. Si no responde en ese tiempo, el reclamo se considera rechazado.
Lo que ocurra después afecta el plazo para demandar:
- Si la agencia envía un aviso de rechazo por escrito, usted por lo general tiene seis meses desde la fecha en que ese aviso se envió por correo o se entregó para presentar una demanda (sección 945.6 del Código de Gobierno).
- Si la agencia no envía un aviso por escrito, usted por lo general tiene dos años desde la fecha de la lesión para presentar una demanda.
¿Y si ya se me pasó el plazo de seis meses?
No todo está necesariamente perdido. La sección 911.4 del Código de Gobierno permite solicitar permiso para presentar un reclamo tardío. La solicitud debe hacerse dentro de un tiempo razonable, y a más tardar un año después de la lesión, y debe explicar el motivo de la demora. Si se niega, existe un proceso aparte para pedir ayuda a un tribunal. Ninguno de los dos está garantizado, por lo que es importante actuar pronto.
Cómo probar un reclamo por una condición peligrosa en propiedad pública
Presentar el reclamo a tiempo es solo el primer paso. Cuando una lesión es causada por el estado de una propiedad pública, como una acera, una calle o un parque, la sección 835 del Código de Gobierno por lo general exige demostrar que:
- La propiedad estaba en una condición peligrosa cuando ocurrió la lesión
- La condición peligrosa causó la lesión
- La condición creaba un riesgo razonablemente previsible de ese tipo de lesión
- Un empleado público creó la condición, o la agencia sabía o debía haber sabido de ella con tiempo suficiente para repararla
Las fotos, las medidas del desnivel de una acera o de un bache, los datos de los testigos y los registros de quejas anteriores pueden ser importantes. La propiedad pública a menudo se repara rápido, así que documente el lugar cuanto antes.
Pasos a seguir después de una lesión que involucra a una entidad pública
- Reciba atención médica y siga su plan de tratamiento.
- Tome fotos del lugar exacto, de cerca y de lejos, y anote la fecha y la hora.
- Reúna los nombres y teléfonos de los testigos.
- Guarde sus expedientes médicos, facturas y recibos.
- Marque en su calendario la fecha de los seis meses y comuníquese con un abogado mucho antes.
Hable con un abogado de lesiones en San Diego
Si sufrió una lesión en propiedad pública o en un choque con un vehículo del gobierno, Handel Law Group puede ayudarle a entender sus plazos y opciones. Nuestro despacho familiar ha servido a personas lesionadas en San Diego y en todo California desde 1987. Las consultas son gratuitas, y no hay honorarios de abogado a menos que recuperemos dinero para usted.
Llámenos al 858.756.5195, o llame o envíe un mensaje de texto a nuestra línea 24/7 al 858.207.4677, donde le atiende una persona real. Podemos reunirnos con usted en su casa o en el hospital, o hablar por videollamada o por teléfono. Se habla español.
Este artículo ofrece información general sobre las leyes de California, no asesoría legal. Cada caso es diferente.
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