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Muerte por negligencia

Ninguna cantidad de dinero puede reemplazar a un ser querido. Un reclamo por muerte por negligencia puede hacer que el responsable rinda cuentas y dar seguridad económica a su familia. Nos encargamos de cada detalle con cuidado para que usted pueda vivir su duelo.

Qué hacer después

  1. Tómese el tiempo que necesite. No tiene que tomar decisiones hoy.
  2. Conserve los documentos que reciba de la policía, los hospitales o las aseguradoras.
  3. No firme liberaciones ni acepte pagos de una aseguradora.
  4. Reúna registros de los ingresos de su ser querido y de cómo apoyaba a la familia.
  5. Llámenos cuando esté listo. Le explicaremos sus opciones con compasión y sin presiones.

Le ayudamos a recibir la atención que necesita

Muchos de nuestros clientes no saben a dónde acudir después de una lesión, ni cómo pagarán el tratamiento. Nuestro equipo le ayuda a conectarse con médicos, especialistas y fisioterapeutas con experiencia, y trabaja con sus proveedores para que usted pueda concentrarse en su recuperación. Nuestros clientes pueden recibir atención sin pagar nada por adelantado.

Cómo aplica la ley de California

Quién puede reclamar

En California, el cónyuge, la pareja doméstica y los hijos pueden presentar un reclamo por muerte por negligencia. Si no los hay, otras personas que heredarían pueden hacerlo.

Plazo de dos años

Una demanda por muerte por negligencia generalmente debe presentarse dentro de los dos años posteriores al fallecimiento, o un reclamo dentro de seis meses si está involucrada una agencia pública.

Dos tipos de reclamo

El reclamo por muerte por negligencia compensa las pérdidas de la familia. Una acción de supervivencia separada puede recuperar ciertas pérdidas que sufrió su ser querido antes de fallecer.

Lo que la familia puede recibir

Pérdida de apoyo económico, pérdida de amor, compañía y orientación, y gastos funerarios y de sepultura.

Lo que podría recuperar

  • Gastos médicos pasados y futuros
  • Salarios perdidos y pérdida de capacidad de ingresos
  • Dolor y sufrimiento
  • Daño emocional
  • Cicatrices, desfiguración o discapacidad
  • Daños a la propiedad y gastos de su bolsillo

Preguntas frecuentes

¿Cómo sabemos si fue una muerte por negligencia?

Si la muerte fue causada por la negligencia o un acto ilícito de otra persona, como un conductor descuidado o una propiedad insegura, la familia puede tener un reclamo. Revisaremos con usted lo que ocurrió.

¿Podemos pagar un abogado en este momento?

Sí. Trabajamos por contingencia. No paga nada por adelantado ni honorarios de abogado a menos que obtengamos compensación para su familia.

¿Tendremos que ir a juicio?

La mayoría de los casos se resuelven sin juicio. Si fuera necesario, lo prepararemos y estaremos con usted en cada paso.

Artículos relacionados

Esta página ofrece información general sobre la ley de California, no asesoría legal. Cada caso es diferente. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.

Vamos a donde usted esté

Nos reunimos con usted donde le resulte más conveniente.

Si se está recuperando en casa o en el hospital, no debería tener que trasladarse para ver a un abogado. Nos reunimos con usted en su casa o en su habitación del hospital, o podemos hablar por videollamada o por teléfono, lo que sea mejor para usted y su familia. La consulta no tiene costo.

Llámenos primero

Hable con un abogado antes de hablar con la aseguradora.

Lo que diga al principio puede afectar todo su caso. Por favor llámenos antes de:

  • Hablar con cualquier ajustador de seguros, incluido el suyo
  • Dar una declaración grabada o por escrito
  • Firmar formularios, autorizaciones médicas o liberaciones de responsabilidad
  • Aceptar una oferta de acuerdo
Solicite una consulta gratuita O llame al 858.756.5195  · 24/7, mensaje o llamada 858.207.4677